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Fiscalidad del dividendo
La fiscalidad en el tratamiento de los dividendos es uno de los aspectos más importantes para los pequeños y medianos ahorradores. Y más aún ahora que la nueva reglamentación ofrece ventajas a quienes obtengan alguna cantidad por este concepto. Con la nueva reforma del IRPF los dividendos percibidos por los contribuyentes no se multiplican por coeficiente alguno sino que se integran en la base imponible del ahorro por su importe íntegro y tributan al tipo fijo del 18%, suprimiéndose la deducción por doble imposición interna del 40%.

El nuevo tratamiento previsto para los dividendos se completa con la introducción de una nueva exención que entró en funcionamiento el 1 de enero de 2007, por la que los dividendos percibidos por los contribuyentes estarán exentos de tributación hasta un importe máximo de 1.500 euros anuales. Aunque el tipo sobre los dividendos será siempre del 18%, el efecto de la nueva exención hará que el tipo efectivo sea distinto según el importe de los dividendos recibidos, siendo cero en el caso de percepción de dividendos por importe de 1.500 euros.


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